| Organización de
los Poderes del Estado |
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PODER
EJECUTIVO NACIONAL |
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ALTO
GOBIERNO |
- Presidencia de la República
- Secretaría Privada
- Secretaría de Comunicaciones
- Vicepresidencia de la República
- Consejo de Ministros: se
encuentra integrado por el Presidente y el Vicepresidente de la
República, así como los Ministros de Estado o quienes hagan sus veces.
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ORGANIZACION
MINISTERIAL |
- Ministerio de Agricultura y Ganadería
- Ministerio de Defensa Nacional
- Ministerio de Medio Ambiente y Recursos
Naturales
- Ministerio de Gobernación
- Ministerio de Obras Públicas
- Ministerio de Economía
- Ministerio de Relaciones Exteriores
- Ministerio de Educación
- Ministerio de Salud Pública y Asistencia
Social
- Ministerio de Hacienda
- Ministerio de Seguridad Pública
- Ministerio del Interior
- Ministerio de Trabajo y Previsión Social
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ADMINISTRACION
DESCENTRALIZADA |
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Véase el
http://www.casapres.gob.sv/sitios.htm
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PODER
LEGISLATIVO NACIONAL |
- Asamblea Legislativa: es un cuerpo
colegiado compuesto por Diputados.
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PODER
JUDICIAL NACIONAL |
- Corte Suprema de Justicia, Cámaras de
Segunda Instancia y demás tribunales que establezcan las leyes
secundarias.
- Consejo Nacional de la Judicatura: es el
órgano encargado de proponer candidatos para los cargos de Magistrados
de las Cámaras de Segunda Instancia y de Jueces de Primera Instancia. La
Constitución especifica que corresponde a la Asamblea Legislativa la
elección de los Magistrados que componen la Corte Suprema de Justicia.
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| Estructura
Territorial del Estado |
| El gobierno
de El Salvador se define como republicano, democrático y representativo.
Para la administración política se divide el
territorio de la República en departamentos. En cada uno de ellos hay un
gobernador propietario y un suplente, nombrados por el Organo Ejecutivo.
Los departamentos se dividen en municipios
para el gobierno local. El municipio constituye la unidad política
administrativa primaria dentro de la organización estatal, con autonomía
para darse su propio gobierno, el cual como parte instrumental del
municipio está encargado de la rectoría y gerencia del bien común local.
Tiene personalidad jurídica, con jurisdicción territorial determinada.
El gobierno municipal es ejercido por un
concejo, que tiene carácter deliberante y normativo. Este es la autoridad
máxima del municipio y se encuentra integrado por un alcalde (que lo
preside), un síndico y dos o más regidores (concejales), cuyo número es
proporcional a la población. |
| Organismos de
Control de la Administración Pública |
- Corte de Cuentas de la República: es un
organismo independiente del Organo Ejecutivo, que se encuentra a cargo
de la fiscalización de la Hacienda Pública en general y de la ejecución
del presupuesto en particular. Para el cumplimiento de sus funciones
jurisdiccionales se divide en una Cámara de Segunda Instancia y en las
Cámaras de Primera Instancia que establezca la ley. La Cámara de Segunda
Instancia se encuentra formada por el Presidente de la Corte y dos
Magistrados, cuyo número puede ser aumentado por la ley. Estos
funcionarios son elegidos por un período de tres años, pueden ser
reelegidos y no pueden ser separados de sus cargos sino por causa justa
(mediante resolución de la Asamblea Legislativa). La Cámara de Segunda
Instancia nombra, remueve, concede licencias y acepta renuncias a los
Jueces de las Cámaras de Primera Instancia.
- Ministerio Público: es ejercido por el
Fiscal General de la República, el Procurador General de la República,
el Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos y los demás
funcionarios que determine la ley. Estos son elegidos por la Asamblea
Legislativa por mayoría calificada de los dos tercios de los diputados
electos, duran tres años en el ejercicio de sus cargos, pueden ser
reelegidos y la destitución solamente procede por causas legales (con el
voto de los dos tercios de los diputados electos):
- Fiscalía General de la República:
defiende los intereses del Estado y de la sociedad; promueve de oficio
o a petición de parte, la acción de la justicia en defensa de la
legalidad y de los derechos humanos tutelados por la ley, entre otras
atribuciones.
- Procuraduría General de la República:
le corresponde velar por la defensa de la familia, de las personas e
intereses de los menores, incapaces y adultos mayores; conceder
asistencia legal y atención psicosocial de carácter preventivo;
representar judicial y extrajudicialmente a las personas en defensa de
la libertad individual y de los derechos laborales; representar
judicial y extrajudicialmente a las personas, especialmente de escasos
recursos económicos, en materias de familia y de derechos reales y
personales.
- Procuraduría para la Defensa de los
Derechos Humanos: entre otras funciones le corresponde velar por el
respeto y la garantía a los derechos humanos; investigar de oficio o
por denuncia que hubiere recibido, casos de violaciones a los derechos
humanos; asistir a las presuntas víctimas de violaciones a los
derechos humanos; promover recursos judiciales o administrativos para
la protección de los derechos humanos; y supervisar la actuación de la
administración pública frente a las personas.
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En el marco
del proceso de privatización, en El Salvador se han creado
superintendencias, encargadas del seguimiento, fiscalización y control de
los contratos de concesión de servicios públicos a empresas privadas. Las
competencias primordiales atribuidas a estos organismos de regulación son
el efectivo control del cumplimiento de las obligaciones asumidas por los
prestadores privados de servicios públicos, ante el Estado y la comunidad;
la protección de los derechos de los usuarios; así como evitar las
prácticas monopólicas en los mercados específicos. Las Superintendencias
en funcionamiento son las siguientes:
- Superintendencia General de Electricidad
y Telecomunicaciones: es una institución autónoma de servicio público
sin fines de lucro, creada mediante el Decreto Legislativo No. 808 de
1996. Tiene como misión aplicar los convenios internacionales suscritos
por el Estado, y las leyes y reglamentos que regulan las actividades de
los sectores electricidad y telecomunicaciones en el país, vigilar su
cumplimiento, proteger los derechos de los usuarios, promover la sana
competencia entre los agentes económicos que operan en ambos sectores y
resolver sus controversias. Véase el
http://www.siget.gob.sv
- Superintendencia de Pensiones: es la
institución responsable de fiscalizar el funcionamiento del Sistema de
Ahorro para Pensiones y del Sistema de Pensiones Público, con la
finalidad de garantizar la transparencia y seguridad en la
administración de los fondos de pensiones y el otorgamiento de mejores
prestaciones a los afiliados y sus beneficiarios. Véase al respecto el
http://www.spensiones.gob.sv
- Superintendencia del Sistema Financiero:
es una institución autónoma creada a través del Decreto Legislativo No.
628 de 1990, que tiene como misión proteger los intereses del público
usuario de los servicios del sistema financiero. La labor de supervisión
tiene la característica de ser integral y preventiva, en la cual se da
importancia al análisis de la información financiera de los entes
fiscalizados, a la auditoría integral de las instituciones y su
inspección, así como a la ejecución de controles. Véase el
http://www.ssf.gob.sv
- Superintendencia del Sistema de Valores:
busca proteger los intereses del público inversor proporcionando
información de los emisores, casas de corredores de bolsa y otros
participantes del mercado bursátil; así como hacer cumplir la Ley del
Mercado de Valores para lograr un mercado eficiente y transparente.
Véase el http://www.superval.gob.sv
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| Información
Complementaria Disponible en Internet |
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